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Voto de Reaccionario:
7
Drama En 1948, tres años después del final de la Segunda Guerra Mundial (1939-1945), cuatro jueces, cómplices de la política nazi de esterilización y limpieza étnica, van a ser juzgados en Nuremberg. Sobre Dan Haywood (Spencer Tracy), un juez norteamericano retirado, recae la importante responsabilidad de presidir este juicio contra los crímenes de guerra nazis. (FILMAFFINITY)
3 de diciembre de 2012
10 de 13 usuarios han encontrado esta crítica útil
Si no fuera por la magistral "La lista de Schindler" (1993) de Steven Spielberg esta película sería el referente cinematográfico sobre el Holocausto y los crímenes del nazismo. De todos, menudo trabajo el de Stanley Kramer. Qué gran reparto, qué diálogos, qué profundidad, qué de ideas vertidas o qué honestidad a la hora de presentar los hechos sin caer en ningún momento en la parcialidad, sin detenerse en lo políticamente correcto o incluso dando armas al enemigo para que se pueda defender. Tal vez, por buscarle algún fallo, resulta poco narrativa, siendo más documental que película, al centrarse en exclusiva en un juicio que por otro lado ocupa tres cuartas partes o más de su largo metraje.

Dicho lo cual "¿Vencedores o vencidos?" supone un monumental ejercicio de reflexión sobre la culpabilidad de los alemanes por lo ocurrido en su país desde la llegada de Hitler al poder, sin escatimar otros temas de interés como la legitimidad de la ley, la dignidad humana o el fundamento de la justicia. Así pues conviene esclarecer una serie de cuestiones que pueden orientar al espectador a la hora de responder a esa acuciante pregunta, "¿Culpables o inocentes?" del título, independientemente de la respuesta que ofrezca el director. Lo fundamental es poder establecer cuál es la esencia de la ley. Básicamente, existen dos posiciones, la positivista, que considera que toda ley promulgada legítimamente es una ley válida, y la iusnaturalista, ya sea clásica o racionalista, que entiende que existe un derecho natural previo que la norma tiene que respetar para que sea válida. Desde el final de la segunda guerra mundial hasta ahora esta segunda interpretación es la más compartida, quedando fijado ese derecho natural en la Declaración Universal de los Derechos Humanos del 10 de diciembre de 1948.

Esta segunda postura sería la que podría justificar la condena de los criminales nazis, que por otro lado se aferrarían a la interpretación positivista. Sin embargo, está el espinoso asunto de que esta Declaración es posterior a los juicios de Nuremberg. Es decir que no existía. Dicho de un modo bien claro, la matanza de judíos podía ser censurado moralmente pero no jurídicamente. Quiero decir, puede que la Constitución Americana, cuya validez se circunscribe sólo a dicho país, protegiera el derecho a la vida de todo individuo pero en Alemania no existía ninguna norma legal que lo hiciera, ya sea de origen nacional o internacional de aplicación en el país. Es cierto que los Aliados podrían haber juzgado a los alemanes según el "derecho de conquista" según el cual estarían sometidos a la legislación de los ocupantes. Sin embargo, esto no satisfacía el ideal de justicia que se trataba de imponer pues la clave de todo este lio es que se quería establecer una especie de baremo universal basado en la dignidad humana de obligado cumplimiento y cuya negación suponía la iniquidad de la ley. Es decir, lo que acabó alumbrando los Derechos Humanos. Pero aún así, toda norma de Derecho Natural es en el fondo una interpretación de la misma, según una determinada visión, religiosa o laica. Por eso, la condena incluso por violación de un derecho humano es la condena de aquellos que defienden esa interpretación o creen en ese derecho frente a los que lo niegan o no creen en él.

Visto lo visto, la condena según una norma de Derecho Natural, por muy justa que creamos que es, me parece injusta además de subjetiva. Por ese motivo considero que estos acusados son realmente inocentes legalmente aunque no moralmente, claro está, independientemente de que se les pueda encausar por prevaricación, como puede en el caso de Burt Lancaster. Y es que, por ejemplo, después de auténticas carnicerías con cientos de miles de muertos como la Revolución Inglesa del XVII o la Revolución Francesa, una vez restablecidas las autoridades legítimas, la persecución legal se redujo a unos pocos regicidas, es decir los que habían votado libremente en el Parlamento la ejecución de Carlos I, Luís XVI y María Antonieta. El resto se limitaba a cumplir órdenes o leyes que por muy repugnantes que fueran, y lo eran, eran las legales. Una persona debería negarse a cumplir una ley injusta, estoy de acuerdo, pero no puede perseguirse judicialmente a aquellos que la cumplen. De lo contrario, qué garantía habría de que no se pudiera encarcelar a las personas que llevaran a cabo acciones hoy legales pero uno años más tarde ilegales. Por ejemplo, el aborto.
Reaccionario
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